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GUIA PARA ASIGNACIÓN DEL NÚMERO ISSN
Este documento publicado por el ICFES en el 2008 nos cuenta que es el ISSN, cuáles son sus utilidades y cómo tramitarlo.
QUÉ ES EL ISSN (INTERNATIONAL STANDARD SERIAL NUMBER)
Es un código numérico reconocido internacionalmente para la identificación de publicaciones
seriadas o continuas. Consta de ocho cifras (la ultima de las cuales es un dígito de control) y
no incorpora ningún otro significado más que la identificación de la publicación seriada: no
contiene prefijos que indique el país de publicación ni el editor.
Los ISSN son directamente asignados por el Centro Internacional del ISSN del país de
publicación.
UTILIDAD DEL NÚMERO ISSN
• Identifica la publicación y evita confusiones con otros títulos. • Permite a estudiantes e investigadores citar las publicaciones seriadas con precisión
y sin equívocos. • Los bibliotecólogos y documentalistas lo emplean para identificar títulos, hacer
pedidos, registrar la entrada, hacer las reclamaciones de las publicaciones seriadas,
y facilitar el préstamo interbibliotecario y la creación de catálogos colectivos. • Como código numérico normalizado puede utilizarse en aplicaciones informáticas
para la actualización de archivos y para establecer vinculaciones entre archivos
diferentes, así como para la búsqueda y el intercambio de datos. • Los vendedores lo utilizan en la gestión de sus ficheros de ventas y canales de
distribución. • Los servicios postales administran las tarifas reducidas • Los servicios de depósito legal controlan los ingresos de las publicaciones • Se puede considerar que el registro ISSN es el catálogo mundial de las publicaciones
seriadas.
CENTRO INTERNACIONAL DEL ISSN EN COLOMBIA
El Centro de ISSN en Colombia funciona desde 1976 y es el encargado de asignar el ISSN
a las publicaciones seriadas colombianas. El ISSN se asigna a solicitud de los editores o
directores de las publicaciones seriadas quienes diligencian un formulario anexando un
ejemplar de la publicación o el diseño de la publicación que contenga carátula, página legal o
bandera y tabla de contenido de la misma.
Con la asignación del ISSN el Centro Nacional del ISSN lleva el registro y control de la
producción editorial y la contribución al desarrollo científico, tecnológico y cultural del país.
El control de las asignaciones es responsabilidad del Centro Nacional del ISSN, quien crea
los registros con la información necesaria permitiendo su identificación por materia,
instituciones editoras, etc. en la base internacional del ISSN.
A QUE TIPO DE PUBLICACION LE ASIGNA EL ISSN
A las publicaciones seriadas o continuas entendiéndose estas como: revistas, periódicos,
boletines, publicaciones anuales (informes de gestión institucional, anuarios o recopilaciones
anuales de artículos publicados de un tema determinado, directorios), memorias de
sociedades, actas de congresos periódicos y series de monográficas.
De acuerdo a la Norma ISO 3297 una publicación seriada es una publicación en cualquier
soporte, que se edita en partes sucesivas llevando generalmente una designación numérica
o cronológica y pensada en principio para continuar indefinidamente. Las publicaciones seriadas se caracterizan por tener su propio titulo distintivo, contienen una
combinación de artículos, editoriales, revisiones, columnas, cuentos, poemas, o ensayos
escritos por más de un autor, encuadernadas con tapa blanda, se publican generalmente
en intervalos regulares al menos una vez al año, sin determinar cuando aparecerá el último
número. Aunque cada edición es completa en si misma, su relación con los números precedentes se
indica con una enumeración usualmente un número por fascículo y por volumen impreso en
la portada. El contenido es controlado por un editor o un cuerpo editorial.
Las publicaciones seriadas pueden estar editadas en cualquier soporte, no sólo las editadas
en papel, sino aquellas en microfichas, CD-ROMS, publicaciones electrónicas, etc., que
formen parte de una serie, que cumpla con los criterios arriba establecidos en la definición de
publicación seriada.
Si un mismo título se edita en varios soportes, a cada uno de ellos le corresponderá su
propio ISSN.
Si una publicación seriada se edita en varias lenguas, a cada una de las ediciones le
corresponderá un ISSN distinto.
Si una publicación seriada tiene un suplemento y éste lleva su propia numeración,
independiente de la publicación principal, también le corresponderá su propio ISSN, distinto
al de la publicación de la que depende.
Las publicaciones editadas en partes pero que tienen una fecha de finalización
predeterminada o un número de partes preestablecidas a priori (por ejemplo, las colecciones
de fascículos o una revista que, con motivo de algún aniversario, sólo se vaya a editar un
año) no se consideran publicaciones seriadas y por tanto no son susceptibles de tener ISSN.
CUÁNDO SE CAMBIA EL NÚMERO ISSN
El ISSN está indisolublemente asociado al título de la publicación y un cambio en el título
implica siempre un cambio de ISSN. Mientras el título no sufra cambios o variaciones el
ISSN se mantiene y debe imprimirse en cada fascículo o volumen de la publicación; si el
título cambia (aunque sea una variación mínima) es necesario solicitar un nuevo ISSN.
No se toma en cuenta otros cambios que puedan ocurrir en la publicación (cambio de la
editorial, del lugar de publicación, de la periodicidad, de la política editorial, etc.); sin
embargo hay que observar que en caso de fusión con otras publicaciones seriadas, de
edición de suplementos, de otras ediciones, etc., deberá informarse al Centro Nacional para
que éste determine si es necesario la asignación de otro(s) ISSN específico(s).
CÓMO SE SOLICITA EL ISSN (Este trámite no tiene costo alguno y se realiza en 5 días hábiles.)
Inicialmente debe asegurarse que la publicación sea efectivamente una publicación seriada,
definida como "publicación editada en cualquier soporte, publicada en partes sucesivas,
llevando generalmente, una designación numérica o cronológica y pensada, en principio,
para continuar indefinidamente". Esta definición excluye a las obras que se publican en un
número predeterminado de partes.
A continuación, debe ponerse en contacto con el Centro Nacional del ISSN que se encuentra
ubicado en el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior- ICFES y
diligenciar el formulario con los requisitos que se especifican en el mismo, teniendo en
cuenta las siguientes instrucciones:
1. Para dar cumplimiento a los artículos 4°, 5° y 6° de la Resolución 1508 del 23 de Octubre
del 2000, expedida por el Ministerio de Cultura, nos permitimos solicitar que la hoja de
datos para publicaciones seriadas sea diligenciada en su totalidad (datos de editor,
director, teléfono, fax, correo electrónico, etc.) por ustedes y firmada por el
representante legal de la editorial.
NOTA : El título abreviado es asignado con el ISSN cuando el título de la
publicación lo permita, siguiendo las normas internacionales establecidas para
asignación de título abreviado.
2. Una vez diligenciada la hoja de datos, debe entregarse con un ejemplar de la
publicación, o una fotocopia del diseño de la carátula, página legal o bandera y tabla de
contenido, a la siguiente dirección: Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior- ICFES Centro Nacional del ISSN Calle 17 – 3 40 Bogotá, D.C.
NOTA: Atendiendo la norma ICONTEC número 902, en la que se establecen los
datos mínimos que debe contener una publicación seriada como son: título
propiamente dicho, ISSN, volumen, número, mes, año, ciudad, nombre de la
editorial y editor, periodicidad, no se asignará ISSN si en el ejemplar de la
publicación o en la copia del diseño no aparecen esta información en la página
legal o bandera.
Una vez el Centro Nacional del ISSN reciba la Hoja de Datos diligenciada y los documentos
anexos, procede a asignar el ISSN correspondiente.
3. La asignación del ISSN se valida una vez el Centro Nacional reciba una entrega de la
publicación con el ISSN impreso en esquina superior derecha de la carátula o cubierta,
precedido por la sigla ISSN, respetando la estructura que lo compone , y la
información enunciada en la NOTA del punto 2.
Para dar cumplimiento al depósito legal, de conformidad con capítulo 3 del decreto 460 de
1995, el editor debe entregar un ejemplar de cada obra impresa a las Bibliotecas
depositarias en Colombia
A. Publicaciones que se tratan como publicaciones seriadas
* Publicaciones periódicas - revistas * Periódicos, diarios, etc.
* Directorios, anuarios, y otras obras de referencia similares * Informes anuales y de actividades
* Boletines informativos * Publicaciones estadísticas * Publicaciones legales y oficiales.
B. Publicaciones que generalmente no se consideran publicaciones seriadas
¡¡Las publicaciones que no tienen una designación numérica o cronológica no pueden ser
catalogadas como publicaciones seriadas!!
* Publicaciones que carecen de designación * Censos * Diccionarios * Publicaciones revisadas con poca frecuencia
* Suplementos de monografías * Enciclopedias * Publicaciones de duración limitada * Monografías en varios volúmenes * Publicaciones en hojas sueltas
ESQUEMAS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO:
Personal o recibo de correspondencia: Lunes a Viernes: de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.
Fax: 3387338 ext. 1002
Correo electrónico: issncol@icfes.gov.co |